miércoles, 6 de octubre de 2021

La Acreditación de Discapacidad sólo Presentando el Carnet de CONADIS antes las Instituciones Públicas y Privadas

OMAPED Huaral comparte el Comunicado de CONADIS que dice lo siguiente:

“El carnet emitido por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, CONADIS, entidad adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, es un documento oficial que acredita el grado de discapacidad en las personas, y es el instrumento que les permite acceder a distintos trámites, beneficios, programas y actividades que ofrece el Estado.

En ese sentido, el CONADIS, en el marco del enfoque de simplificación administrativa como parte integral de la mejora de la calidad de los servicios para las personas con discapacidad, exhorta a las instituciones públicas y privadas, a NO SOLICITAR la Resolución de inscripción para acreditar la discapacidad de las personas, que no sea el Carnet del CONADIS como único documento oficial.

Este documento emitido por el ente rector de la discapacidad en el Perú, es expedido luego que el solicitante tras acreditar su condición con el Certificado de Discapacidad, sea inscrito en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, RNPCD.

Cabe resaltar que, a partir del 5 de noviembre de este año, el CONADIS, en el marco de sus atribuciones, iniciará la fiscalización en las instituciones públicas y privadas, por lo que deberán adecuar sus procedimientos administrativos a favor de las personas con discapacidad”.

 

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