OMAPED Huaral comparte el
Comunicado de CONADIS que dice lo siguiente:
“El carnet emitido por el Consejo
Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, CONADIS, entidad
adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, es un documento
oficial que acredita el grado de discapacidad en las personas, y es el
instrumento que les permite acceder a distintos trámites, beneficios, programas
y actividades que ofrece el Estado.
En ese sentido, el CONADIS, en el
marco del enfoque de simplificación administrativa como parte integral de la
mejora de la calidad de los servicios para las personas con discapacidad,
exhorta a las instituciones públicas y privadas, a NO SOLICITAR la Resolución
de inscripción para acreditar la discapacidad de las personas, que no sea el
Carnet del CONADIS como único documento oficial.
Este documento emitido por el ente
rector de la discapacidad en el Perú, es expedido luego que el solicitante tras
acreditar su condición con el Certificado de Discapacidad, sea inscrito en el
Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, RNPCD.
Cabe resaltar que, a partir del 5
de noviembre de este año, el CONADIS, en el marco de sus atribuciones, iniciará
la fiscalización en las instituciones públicas y privadas, por lo que deberán
adecuar sus procedimientos administrativos a favor de las personas con
discapacidad”.
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